20 de septiembre de 2012

JURA DE CUENTAS, TASACIÓN DE COSTAS: LOS OBSTÁCULOS.



Asumes, por ejemplo, por designa del Turno de Oficio la defensa en una causa penal. Al finalizar ésta y por no existir concesión del beneficio de justicia gratuita, decides, te ves abocado a reclamar tus honorarios judicialmente. Si ante los Juzgados de la ciudad de Barcelona reclamas tus honorarios -vía Jura de Cuentas / Tasación de Costas- puedes encontrarte con algunas piedras en el camino... 

Si procedes ante un Juzgado Penal ten presente que, salvo circunstancias extraordinarias y excepcionales, deberás perseguir -constantemente- su tramitación. No pienses: “ya proveerán” y dejes pasar el tiempo, pues lo normal, es que ello no ocurra así. 

De manera regular y constante –como el tic tac del reloj- sigue el curso de cada reclamación, presenta escritos de impulso, averigua personalmente su estado en el Juzgado… si quieres tener alguna posibilidad de éxito este siglo: presiona.

Puede sucederte que instes la reclamación y te notifiquen una Diligencia o Providencia por la que con carácter previo a la admisión a trámite, te requieren para que acredites que, con anterioridad a la reclamación judicial has reclamado el pago al deudor.

Has de saber que no es ajustado a derecho condicionar en tal forma la admisión de la jura. No se puede condicionar la admisión a trámite de una jura de cuentas a la existencia de reclamación previa (hay una resolución clarísima y recientísima de la Audiencia Provincial de Barcelona que así lo expresa) y como se que no basta decir que no es ajustado a derecho, copio:


“La exigencia de reclamación previa no resulta por tanto compatible con la configuración legal del procedimiento de jura de cuentas, puesto que es decisión del legislador instaurar o no un proceso en el que al titulo generado por el acreedor se le reconozca una presunción de validez, privilegio que como hemos dicho ha extendido de abogados y procuradores a otros profesionales, hasta el extremo que puede predicarse en general de la deuda documentada (…)”

“(…). Por ello no puede vincularse automáticamente la admisión de la demanda a acreditar la reclamación extrajudicial previa de la deuda que se pretende cobrar por vía judicial, lo que supone invertir las cargas procesales configuradas por el legislador, sino que la inadmisión exigiría una resolución motivada y concreta sobre los motivos concretos de ésta, determinando las circunstancias de la demanda que determinan la misma, inclusive aquellas referidas al crédito reclamado”
    

             Y en caso de Sentencia Absolutoria puede ocurrirte que instes Jura de Cuentas (ante el Juzgado que dicta Sentencia) se requiera de pago al deudor y que, tras el impago, el Juzgado Sentenciador dicte Decreto declarando ejecutable el importe reclamado y remita actuaciones a reparto. Llegados a este punto el futuro de la reclamación de honorarios dependerá del Juzgado de Ejecutorias al que vaya. 

           Si cae en el Juzgado Penal Número 15 estás muerto: tendrás que recurrir y emplear todas las vías para que la legalidad se imponga. Pese a que las Normas de reparto de los Juzgados de Barcelona –aprobadas por Sala de Gobierno del TSJ- establecen que la ejecución del Decreto de la Jura corresponde al Juzgado Penal de ejecutorias al que haya sido repartida la causa, ese Juzgado pone todos los obstáculos posibles y no ejecuta el Decreto amparándose en que cuando existe Sentencia absolutoria no se incoa ejecutoria. Estás avisado.

19 de junio de 2012


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NOTA DE PRENSA

LA CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ABOGADOS DEL TURNO DE OFICIO Y ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA, secunda la CONCENTRACION convocada para el próximo miércoles día 20 de Junio a las 12.00 horas por los ABOGADOS DEL TURNO DE OFICIO DE ANDALUCÍA, en protesta por la situación de abandono y precariedad en la que se encuentran, y a tal efecto suscribe íntegramente el siguiente:

C O M U N I C A D O


La Confederación Española de Abogados del Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuíta (CEAT) quiere dejar patente su apoyo expreso y sin fisuras a la convocatoria de concentración que este próximo Miércoles, día 20 de Junio, van a realizar en ALMERÍA, CÁDIZ, CÓRDOBA, GRANADA, JAEN, MÁLAGA, SEVILLA, Y HUELVA, por parte de los Abogados de Oficio andaluces.

La Confederación Española de Abogados del Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuita (CEAT) denuncia expresa y conjuntamente con los compañeros andaluces, la situación de completo ABANDONO, PRECARIEDAD Y OLVIDO por parte de la Administración Pública Andaluza hacia los Abogados de Oficio andaluces, en la que además de la absoluta falta de medios materiales y humanos para dar satisfacción a las exigencias que requiere la prestación de este Servicio Público, más aún si cabe en la actual coyuntura de crisis económica, en la que se ha producido un aumento exponencial de las solicitudes de asistencia jurídica gratuita, se une el endémico mal de la falta de pago por parte de la Consejería de Justicia e Interior, que adeuda parte del 2º trimestre de 2011, la totalidad del 3ª y 4º trimestres del 2011 y todo el 2012.

La prestación de un servicio de calidad que realizan los abogados de oficio andaluces las 24 horas del día los 365 días del año, debe conllevar, al igual que cualquier actividad laboral, el correlativo derecho a una remuneración
puntual.

Asimismo denuncia que los abogados que están prestando este servicio a la sociedad carecen de las más mínimas prestaciones asistenciales públicas que les corresponderían como ciudadanos de pleno derecho, fundamentalmente la asistencia sanitaria, además de haberse precarizado la prestación del servicio, soportando los costes del mismo los abogados de su propio bolsillo.

De igual forma Confederación Española de Abogados del Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuíta (CEAT), quiere denunciar y poner de manifiesto, que la situación del colectivo de Abogados de Oficio andaluces, no difiere en absoluto de la situación en que se encuentran los Abogados de Oficio del resto de Comunidades Autónomas españolas, donde el impago por los servicios prestados, y la precarización de este Servicio público por las condiciones en que tiene que prestarse el mismo es la nota y mal común de todos los compañeros de España.


Alcalá de Henares 19 de junio de 2012


POR NUESTRA DIGNIDAD APRENDAMOS DE LOS COMPAÑEROS

viernes, 15 de junio de 2012

CONCENTRACION 20 DE JUNIO 2012


La Asociación FORO DE ABOGADOS INDEPENDIENTES DE GRANADA, junto con otras Asociaciones de Abogados de Andalucía, convoca una CONCENTRACION para el próximo miércoles día 20 de Junio a las 12.00 horas en PLAZA NUEVA en protesta por la situación de abandono y precariedad en la que se encuentran los ABOGADOS DE OFICIO, y a tal efecto emite el siguiente:
COMUNICADO
ABOGADOS POR LA DIGNIDAD DEL TURNO DE OFICIO

Los abogados del Turno de Oficio de Andalucía, queremos denunciar la situación de completo ABANDONO, PRECARIEDAD Y OLVIDO por parte de la Administración Pública Andaluza hacia los Abogados de Oficio andaluces, en la que además de la absoluta falta de medios materiales y humanos para dar satisfacción a las exigencias que requiere la prestación de este Servicio Público, más aún si cabe en la actual coyuntura de crisis económica, en la que se ha producido un aumento exponencial de las solicitudes de asistencia jurídica gratuita, y a la que se une el endémico mal de la falta de pago por parte de la Consejería de Justicia e Interior, que  adeuda parte del 2º trimestre de 2011, la totalidad del 3ª y 4º trimestres del 2011 y todo el 2012.
 
La prestación de un servicio de calidad que realizan los abogados de oficio andaluces las 24 horas del día los 365 días del año, debe conllevar, al igual que cualquier actividad laboral, el correlativo derecho a una remuneración puntual.
 
Por otro lado, los abogados que están prestando este servicio a la sociedad carecen de las más mínimas prestaciones asistenciales públicas que les corresponderían como ciudadanos de pleno derecho, fundamentalmente la asistencia sanitaria, además de haberse precarizado la prestación del servicio, soportando los costes del mismo los abogados de su propio bolsillo.

10 de mayo de 2012

PROPUESTA DE NUEVA DEMARCACIÓN JUDICIAL DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL PARA LA PROVINCIA DE BARCELONA


La nueva demarcación judicial propuesta por el Consejo General de Poder Judicial, divide en 12 partidos  judiciales.
 

1.- Barcelona: comprende los actuales Barcelona, L’Hospitalet de Ll. y Cornellà de Ll.

2.- El Prat de Ll.: comprende los actuales El Prat de Llobregat, Sant Boi de Ll. y Gavà.

3.-Martorell: comprende los actuales Martorell, S. Feliu de Ll. y Esplugues de Ll.

4.- Badalona: comprende los actuales Badalona y Sta. Coloma de G.

5.- Manresa: comprende los actuales Manresa, Berga e Igualada.

6.- Cerdanyola del Valles: comprende los actuales Cerdanyola y Sabadell.

7.-Mollet del V.: comprende los actuales Mollet y Granollers.

8.- Terrassa: comprende los actuales Terrassa y Rubí.

9.-Vilafranca del Penedés: comprende los actuales Vilafranca y Vilanova i la Geltrú.

10.- Posible partido Interprovincial - Vic: comprende los actuales Vic y Ripoll

11.- Arenys de Mar

12.- Mataró

 
Podeis descargaros el documento en el siguiente enlace:

http://abogadosdelturnodeoficio.es/estudios/

4 de mayo de 2012

La inutilidad no merece seguir representandonos


Hace menos de un año F.B. rebajó las ya míseras retribuciones de los Abogados que prestamos el servicio público del Turno de Oficio: las rebajó y se quedó tranquila pues tenía la certeza, no se equivocaba, que los colegios de abogados de Cataluña no harían NADA. 

Así fue, los llamados “representantes de la abogacía” (CICAC e ICAs) se llenaron la boca de palabras inútiles –eso si ante las cámaras- y desoyendo a sus colegiados se limitaron a presentar unos papeles que llamaron recurso que no fue a ningún lado.

Ahora 30/04/12 ha rebajado la miseria nuevamente. 

- ¿Qué harán las juntas de gobierno de los ICA? NADA

- ¿Qué hará el CICAC –ese órgano inútil y oneroso-? NADA.

- ¿Merecemos que nos representen unos señores a los que nada  les preocupa (los hechos lo evidencian) la dignidad personal y profesional de sus compañeros de profesión? NO.

- ¿Merecen ellos llamarse representantes de la abogacía en Cataluña? NO.

- ¿Recuerdas cuando fue la última vez que se atrevieron a escuchar, de verdad, a los compañeros que trabajan en el Turno de Oficio en Junta General? Yo no.

- ¿Por qué los hechos nos están dando a entender que pueden estar anteponiendo otros intereses a los de sus compañeros de profesión? …

- ¿Merecen ser relevados YA de sus poltronas? SI.

2 de febrero de 2012

ICAB: O es incoherencia ó es demostrar que no defiendes los intereses de tus propios colegiados ("la mujer del césar no sólo tiene que serlo, sino también parecerlo").

La Sra. Fernández, Consejera de Justicia de la Comunidad Autónoma de Cataluña, decidió unilateralmente retocar los conceptos y rebajar las ya ínfimas y míseras retribuciones por las que se retribuye a los Abogados que prestamos el Servicio Público del Turno de Oficio (DOGC núm. 5951 - 29/08/2011 -RESOLUCIÓN JUS/2058/2011, de 29 de julio, por la cual se establecen los módulos de compensación económica para las actuaciones profesionales de los abogados en materia de asistencia jurídica gratuita para el año 2011)


La medida se toma -nos dirán- después de negociaciones con los colegios de Abogados y de la (eso dicen) negativa de éstos a cualquier rebaja. Los ICAs ven la resolución y como gran medida contra ello presentan un recurso (hoy por hoy desestimado) contra dicha resolución. Podría decirse que, al menos sobre el papel, se enfrentan y se oponen a la medida adoptada unilateralmente contra los legítimos intereses de quienes desean mantener viva su dignidad profesional: los Abogados del Turno de Oficio.

En esas estamos cuando el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona (Cataluña) que reúne a varios miles de Letrados afectados por esta medida decide invitar a la Sra. Fernández Bozal y copio de www.icab.cat :

Organitza: Comissió de Dret Penitenciari conjuntament amb la Comissió de Cultura
6/02/12 Presentació del Curs
Honorable Senyora Pilar Fernández i Bozal
Consellera de Justícia i Interior


Es decir decide invitar a la autora de tamaño desatino, a la autora del recorte, a presentar un curso del Turno de Oficio. 

¿Quién es el autor de tan “magnífica” idea? 

¿Qué interés, intereses se persiguen invitando a la Sra. Fernández a un curso al que asisten Letrados del Turno de Oficio a los que ella misma acaba de minusvalorar rebajando sus retribuciones?

ICAB si mantienes la invitación me confirmas y ratificas ante todos los Colegiados, una vez más

- que los Letrados del Turno de Oficio –tus colegiados- NADA te importan,

- que interponer el recurso solo es por que actuas cara a la galería y que frente a tus colegiados solo actúas “para cumplir el expediente”, solo para que luego no se diga que nada haces…


Espero que recapacites y retires esa invitación, ni que sea para salvar las apariencias.