Pues si
ello deseas en Barcelona, estas de suerte: no tendrás que hacer nada de nada de
nada.
Veamos:
- Si te
detienen y pasas a disposición judicial o si te citan desde un Juzgado de
Instrucción para una diligencia judicial, por ejemplo la práctica de una rueda
de reconocimiento, precisas de un Abogado.
Si tu
no lo designas, si tu no nombras a ninguno –no le llamas tu- o si, por ejemplo,
a tu abogado particular le va mal ir ese día … no te preocupes te
pondrán un Abogado del Turno de Oficio que te asistirá diligentemente.
- Al
tiempo de designar al Abogado que te
asistirá y asesorará, con independencia
de que estés en el paro ó cobrando pensión no contributiva ó un sueldo de miles de euros al mes, automáticamente y sin que tú hagas nada abrirán un expediente
para ver si te conceden el beneficio de justicia gratuita.
Si te
conceden la Justicia gratuita tú no deberás pagar nada por los servicios del
Abogado y la Administración pública le compensará (con un importe que no
alcanza el 20% del valor de los servicios que presta).
Eso sí:
¿quieres que te concedan la Justicia gratuita con independencia de tu capacidad
y posibilidades económicas? es decir ¿quieres no tener que pagar al Abogado? No
hagas nada.
Si no
haces nada, si no presentas ni un papel, el expediente de justicia gratuita
pasa del colegio de abogados a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita y
ésta, por silencio positivo, te concede el beneficio. ¿A que no lo sabías?.