Veo la salvajada que ha llevado a cabo la Generalitat Valenciana y casi me quedo sin palabras.
Después de leerme la Orden 2/20 (DOCV Núm. 6696/20.01.2012) puedo decir que la traducción de la misma es, sin posibilidad de equivocación, la siguiente:
Los Abogados de la Comunidad Valenciana que desempeñan el servicio público del Turno de Oficio, con una dedicación 365 días al año 24 horas al día, y que garantizan el acceso a la justicia de todos los ciudadanos tienen unas retribuciones (sin dietas ni complementos) por su trabajo que son de risa, ridículas e indignas.
Esta situación no se da con los Consellers de la Generalitat Valenciana que procuramos por el bien público y el desarrollo de la Comunitat y de todos sus ciudadanos, pues las nuestras son serias y dignas: en 2011, dietas a parte, cobramos: Presidenta o presidente de la Generalitat 67.615,92 euros, Vicepresidenta o vicepresidente 57.599,76 euros, Consellera o conseller 57.599,76 euros.
Sabemos que dedicarse al Servicio público del Turno de Oficio les supone a tales profesionales trabajo, dedicación importante de tiempo y esfuerzo e, indudablemente, costearse personalmente todos los gastos.
Nos consta que con los Letrados pasa lo que con ningún trabajador de este país: hace seis años que no modificamos, ni actualizamos a IPC, las irrisorias retribuciones de estos profesionales que hacen posible el sistema de acceso a la Justicia para todos que está establecido por Ley (ellos no han inventado el sistema lo hemos puesto nosotros).
Es conocido que ellos no deciden quien tiene acceso a la Asistencia Jurídica Gratuita.
Y al constarnos que, hagamos lo que hagamos, pasarán por el aro y que no harán nada, a lo sumo sus colegios profesionales se limitaran a quejarse públicamente, hemos decidido mantener, amparándonos en el débil argumento de “la crisis”, el sistema de semiesclavitud o de siervos de la gleba del siglo XXI.
Mantendremos el sistema bajo una formula muy simple que consiste en hacerles trabajar más a cambio de menos para que el mayor volumen de trabajo nos salga más barato (y a ellos más oneroso, pero eso poco nos importa) que en años anteriores.
Artículo Único.- Modificación a la baja (en algunos casos superior al 30%) de los irrisorios baremos que se establecieron hace seis años y que no han sido modificados, según consta en los Anexos.
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